Lección VII.5

¿Quién hereda si no hay testamento?

La sucesión legítima en el derecho mexicano: el orden de los herederos, la casa, el concubinato, los hijos y la nueva lectura de la Suprema Corte

Video de 15:44 Lectura de 12 páginas · 20 minNivel: licenciaturaActualizada al 29 de octubre de 2026

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Capítulos del video

Resumen

Qué pasa con los bienes de quien muere sin testamento: el orden en que la ley llama a los herederos, por qué la mitad de la casa puede no ser herencia, cuándo heredan el cónyuge y la pareja de hecho, cómo heredan los hijos, qué dijo la nueva Suprema Corte en 2026 y qué ocurre con las deudas, los plazos y los costos.

Lo que vas a aprender

  • Sin testamento, la ley reparte con un orden fijo: los parientes más próximos excluyen a los más remotos, y la afinidad no da derecho a heredar.
  • La mitad de la sociedad conyugal no es herencia: pertenece al cónyuge que sobrevive.
  • Con hijos, el cónyuge recibe la porción de un hijo sólo si carece de bienes o los suyos no la igualan.
  • La pareja de hecho hereda como cónyuge si cumple los requisitos de su código; en el federal, si quedan dos parejas, ninguna hereda.
  • Las deudas se pagan con la herencia, nunca con el patrimonio propio del heredero.

Documentos que se estudian

Un extracto de cada uno. El texto completo de los extractos, con su fuente, está en la lectura.

  1. Código Civil Federal

    Artículos 1602 a 1604

    «Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: I. Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por el artículo 1635. II. A falta de los anteriores, la beneficencia pública.»
  2. SCJN, Primera Sala

    Jurisprudencia 1a./J. 89/2023 (11a.)

    «ORDEN DE PRELACIÓN DE HEREDEROS EN JUICIOS SUCESORIOS INTESTAMENTARIOS. EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2921 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO NO VULNERA EL DERECHO DE PROTECCIÓN A LA FAMILIA.»
  3. Código Civil Federal

    Artículos 1624 y 1625

    «El cónyuge que sobrevive, concurriendo con descendientes, tendrá el derecho de un hijo, si carece de bienes o los que tiene al morir el autor de la sucesión, no igualan a la porción que a cada hijo debe corresponder.»
  4. Código Civil Federal

    Artículo 1635

    «La concubina y el concubinario tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge, siempre que hayan vivido juntos como si fueran cónyuges durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o cuando hayan tenido hijos en común, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.»
  5. SCJN, Primera Sala

    Jurisprudencia 1a./J. 125/2022 (11a.)

    «CONCUBINATO. EL PLAZO ESTABLECIDO COMO ELEMENTO PARA SU CONFIGURACIÓN NO PUEDE JUSTIFICAR POR SÍ MISMO LA EXCLUSIÓN DE DETERMINADOS MODELOS DE FAMILIA DE LA PROTECCIÓN LEGAL Y CONSTITUCIONAL (CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE JALISCO).»

La herencia sin testamento en México

1870El Código Civil reserva a los herederos forzosos cuatro quintas partes de los bienes.
1884El Código reformado establece la libertad de testar, con la reserva de alimentos.
19579 de abril: la Suprema Corte deja firme la nulidad del matrimonio de Pedro Infante con Irma Dorantes; él muere el 15 de abril sin testamento.
2012La Ciudad de México deroga el testamento ológrafo (G.O. 23 de julio).
2022La Primera Sala: el plazo no basta para negar el concubinato (1a./J. 125/2022).
2023La Primera Sala: el orden de prelación de Jalisco es constitucional (1a./J. 89/2023).
2026El Pleno de la nueva Corte resuelve el AD 13/2023 (enero) y, según la prensa, el AR 349/2024 (junio).

Para pensar

Preguntas para el repaso

Respóndelas por escrito antes de volver a la lectura. Lo que escribas se queda en tu navegador.

  1. ¿Qué significa que los parientes más próximos excluyan a los más remotos? ¿Qué excepciones prevé la ley?

  2. ¿Por qué, con sociedad conyugal, la mitad de la casa no es herencia? ¿Cuándo recibe el cónyuge la porción de un hijo?

  3. ¿Qué requisitos exige el artículo 1635 del CCF para que herede la pareja de hecho y cómo cambia el plazo en la Ciudad de México y el Estado de México?

  4. ¿Qué estableció la jurisprudencia 1a./J. 125/2022 y por qué no basta el plazo para negar un concubinato?

  5. ¿Qué relación hay entre el juicio de paternidad y el derecho a heredar? ¿Qué efecto tiene la negativa a la prueba genética?

  6. ¿Qué se sabe del AR 349/2024, de qué fuentes proviene y qué regla del CCF trata el abandono de los hijos?

  7. ¿Por qué el heredero no paga las deudas del difunto con su propio patrimonio?

Glosario

Sucesión legítima
La que se abre cuando no hay testamento válido o éste no dispone de todos los bienes; la ley designa a los herederos.
Representación
Derecho de los descendientes de un heredero premuerto, incapaz o que renunció a ocupar su lugar en la herencia.
Sociedad conyugal
Régimen matrimonial en el que ciertos bienes son comunes; al terminar, la mitad del sobrante pertenece al cónyuge que sobrevive y no forma parte de la herencia.
Porción de un hijo
Parte que corresponde al cónyuge que concurre con descendientes, sólo si carece de bienes o los suyos no la igualan.
Concubinato
Unión de hecho entre dos personas que viven como cónyuges durante el plazo legal, o tienen hijos en común, sin impedimento para casarse.
Beneficio de inventario
Regla por la que el heredero responde de las deudas del difunto sólo hasta el valor de lo que hereda.
Testamento inoficioso
El que no deja alimentos a quienes la ley obliga; el omitido sólo tiene derecho a la pensión.
Fuentes40, en el orden en que la lectura las citaVer todas
  1. 1.PrensaEd White (AP), nota sobre el veredicto del jurado del condado de Oakland, reproducida por WDET, 11 de julio de 2023.wdet.org
  2. 2.LeyCódigo Civil Federal, arts. 1o., 178, 204, 255, 296-300, 1281, 1284, 1316, 1368-1375, 1511-1553, 1599-1636, 1652, 1678 y 1741, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025.diputados.gob.mx
  3. 3.Documento oficialRed Escolar (ILCE), «Biografía de Pedro Infante», copia del Internet Archive del 14 de abril de 2007.web.archive.org
  4. 4.PrensaInfobae, nota sobre el divorcio de Pedro Infante e Irma Dorantes, 9 de abril de 2021.infobae.com
  5. 5.PrensaInfobae (edición en inglés), nota sobre la herencia de Pedro Infante e Irma Dorantes, 2 de abril de 2022.infobae.com
  6. 6.PrensaColegio Nacional del Notariado Mexicano, nota de Enfoque en la síntesis de prensa de la Cámara de Diputados, 12 de septiembre de 2023.comunicacion.diputados.gob.mx
  7. 7.Estadística oficialPoder Judicial de la Ciudad de México, Anuario Estadístico 2025, indicador 3.2.11: juicios intestamentarios y testamentarios ingresados en 2024.
  8. 8.ConstituciónConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 121, fr. II, última reforma DOF 7 de octubre de 2026.diputados.gob.mx
  9. 9.LeyCódigo Civil para el Distrito Federal, arts. 291 Bis, 1550 (derogado G.O. 23 de julio de 2012), 1602 y 1636, última reforma G.O. CDMX 20 de agosto de 2026.data.consejeria.cdmx.gob.mx
  10. 10.LeyCódigo Civil del Estado de México, arts. 4.403, 6.120, 6.155 y 6.172-6.177, última reforma P.O. «Gaceta del Gobierno» 16 de junio de 2026.legislacion.edomex.gob.mx
  11. 11.LeyCódigo Civil del Estado de Jalisco, arts. 2921, 2930, 2941 y 2984, fr. IV, última reforma 18 de junio de 2026.congresoweb.congresojal.gob.mx
  12. 12.LeyCódigo Civil para el Estado de Nuevo León, arts. 1499, 1532 y 1533, última reforma P.O. 26 de junio de 2026.hcnl.gob.mx
  13. 13.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 93/2012 (10a.), jurisprudencia, registro digital 2002204.sjf2.scjn.gob.mx
  14. 14.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 89/2023 (11a.), jurisprudencia (AR 425/2022, 18 de enero de 2023), registro digital 2026740.sjf2.scjn.gob.mx
  15. 15.Tesis del SemanarioTercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, VII.3o.C.18 C, tesis aislada, registro digital 188776.sjf2.scjn.gob.mx
  16. 16.Tesis del SemanarioCuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, I.4o.C.32 C, tesis aislada, registro digital 193010.sjf2.scjn.gob.mx
  17. 17.Tesis del SemanarioSegundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, III.2o.C.56 C, tesis aislada, registro digital 188079.sjf2.scjn.gob.mx
  18. 18.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 125/2022 (11a.), jurisprudencia (ADR 1766/2021, 18 de mayo de 2022), registro digital 2025211.sjf2.scjn.gob.mx
  19. 19.Suprema CorteSCJN, Pleno, amparo directo 13/2023, 28 de enero de 2026; comunicado No. 018/2026.internet2.scjn.gob.mx
  20. 20.Tesis del SemanarioDécimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, I.12o.C.5 C (10a.), tesis aislada, registro digital 2015930.sjf2.scjn.gob.mx
  21. 21.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a. LV/2020 (10a.), tesis aislada (ADR 3727/2018, 2 de septiembre de 2020), registro digital 2022550.sjf2.scjn.gob.mx
  22. 22.Tesis del SemanarioSCJN, Segunda Sala, 2a./J. 44/2024 (11a.), jurisprudencia (ADR 6428/2023, 31 de enero de 2024), registro digital 2028693.sjf2.scjn.gob.mx
  23. 23.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a. LXX/2018 (10a.), tesis aislada (ADR 1446/2016), registro digital 2017166.sjf2.scjn.gob.mx
  24. 24.Tesis del SemanarioDécimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, I.15o.C.62 C (10a.), tesis aislada, registro digital 2021686.sjf2.scjn.gob.mx
  25. 25.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 49/2025 (11a.), jurisprudencia (ADR 8235/2023), registro digital 2030412.sjf2.scjn.gob.mx
  26. 26.PrensaEl Universal, 30 de octubre de 2018 y 12 de marzo de 2019.eluniversal.com.mx
  27. 27.DoctrinaMartín H. González Romero, «Herederos de la libertad. Masculinidad y paradojas en las discusiones públicas sobre la libertad testamentaria en México (1884)», Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, núm. 64, 2022, pp. 103-130.doi.org
  28. 28.LeyCódigo Civil de España (1889), art. 808, texto consolidado del Boletín Oficial del Estado.boe.es
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  33. 33.LeyCódigo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, arts. 815 Bis y 876; para los otros estados, Ley del Notariado del Estado de México (art. 126) y códigos procesales de Jalisco (art. 935 Bis) y Nuevo León (art. 881).
  34. 34.Documento oficialModificación a la declaratoria de entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en la Ciudad de México, G.O. CDMX 29 de mayo de 2026 (sucesiones desde el 1 de abril de 2027).
  35. 35.LeyCódigo Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, art. 710 y artículo segundo transitorio, última reforma DOF 15 de enero de 2026.diputados.gob.mx
  36. 36.Documento oficialArancel de Notarios de la Ciudad de México 2026, G.O. CDMX 30 de enero de 2026, numeral 25.
  37. 37.LeyLey del Impuesto sobre la Renta, arts. 93, fr. XXII, y 150, última reforma DOF 1 de abril de 2024.diputados.gob.mx
  38. 38.PrensaSteve Karnowski (AP), nota sobre los honorarios cobrados a la sucesión de Prince, reproducida por WJLA, 15 de abril de 2018.wjla.com
  39. 39.Documento oficialSecretaría de Gobernación, «Septiembre, Mes del Testamento», sitio oficial y tabla de precios de 2026.testamentos.segob.gob.mx
  40. 40.Documento oficialSecretaría de Gobernación, comunicado 067, 3 de septiembre de 2025.gob.mx

Cómo citar esta lección

Iurexia, «¿Quién hereda si no hay testamento?. La sucesión legítima en el derecho mexicano: el orden de los herederos, la casa, el concubinato, los hijos y la nueva lectura de la Suprema Corte», Estudiar y pensar, lección VII.5: video (15:44) y material de lectura, actualizado al 29 de octubre de 2026. https://www.iurexia.com/estudiar/herencia-sin-testamento

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