Lección I.3

¿Un juez puede obligarte a pedir perdón por una caricatura política?

Libertad de expresión, violencia política de género y la disculpa dictada en el caso SG-JDC-897/2026

Video de 10:54 Lectura de 14 páginas · 25 minNivel: licenciaturaActualizada al 10 de octubre de 2026

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Capítulos del video

Resumen

Un tribunal electoral sancionó a un caricaturista por violencia política de género contra una diputada local de Jalisco y le ordenó publicar una disculpa redactada por el tribunal. Esta lectura expone los derechos en tensión, las sentencias, sus razones y objeciones, la doctrina mexicana e interamericana, el test de proporcionalidad y el derecho comparado, sin dictar sentencia.

Lo que vas a aprender

  • Se protege lo que choca u ofende, no el insulto que discrimina por género.
  • Se sancionó el corte del título y la foto elegida, no la burla sobre el aguacate.
  • Objeciones: intención deducida, duda no resuelta y motivación insuficiente.
  • La ley prevé la disculpa pública; lo discutible es que el tribunal dicte su texto.
  • Estereotipo probado: medidas proporcionadas; si hay duda, gana el periodismo.

Documentos que se estudian

Un extracto de cada uno. El texto completo de los extractos, con su fuente, está en la lectura.

  1. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Quinta Época

    Tesis aislada «CARICATURAS.», Primera Sala, amparo penal en revisión 1316/19

    «La caricatura es una de tantas formas de la expresión del pensamiento humano; […] no debe tener más limitaciones que la moral, la paz pública, el derecho de tercero y el deber de no provocar la comisión de delitos…»
  2. Tribunal Electoral del Estado de Jalisco

    PSE-TEJ-002/2026: el mensaje que el sancionado debe leer

    «Te pido una disculpa […], por el cartón que realicé y que estuvo cargado de violencia simbólica, sexual, psicológica, digital y mediática, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político-electorales al minimizar tus capacidades y trayectoria política».
  3. Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    Telo de Abreu c. Portugal, 7 de junio de 2022: la sentencia y un voto concurrente

    «…a pesar de los estereotipos utilizados, las caricaturas permanecían dentro de los límites de la exageración y de la provocación propios de la sátira» (§ 44).

    Traducción propia del francés; el texto original está en la lectura.

Cronología

202514 de febrero: la diputada denuncia ante el INE, que remite el asunto al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC).
20269 de junio: la Comisión de Quejas del IEPC, por mayoría, niega suspender la difusión del cartón como medida cautelar.
202631 de agosto: el TEJ declara existente la VPMRG por unanimidad (PSE-TEJ-002/2026).
202623 de septiembre: la Sala Regional Guadalajara confirma por unanimidad (SG-JDC-897/2026).

Para pensar

Preguntas para el repaso

Respóndelas por escrito antes de volver a la lectura. Lo que escribas se queda en tu navegador.

  1. ¿Por qué la ley no exige probar la intención para que exista VPMRG, y por qué la intención fue, aun así, central en este caso?

  2. ¿Qué dos elementos del cartón sancionaron los tribunales y por qué los leyeron en conjunto?

  3. ¿Qué ordena la jurisprudencia 15/2018 y por qué la Sala no aplicó la presunción de licitud a la sátira?

  4. ¿Por qué la malicia efectiva no resuelve el caso de una caricatura y qué límite aplica la SCJN a las opiniones?

  5. ¿Qué dijo la Corte IDH en Álvarez Ramos sobre las disculpas públicas y cuál es el alcance discutido de esa frase?

  6. Aplica las cuatro preguntas del test de proporcionalidad a la disculpa con texto dictado y al registro de un año.

  7. ¿En qué se parece y en qué se distingue Telo de Abreu c. Portugal del caso mexicano?

Glosario

Violencia política contra las mujeres en razón de género
Acción u omisión basada en elementos de género que tiene por objeto o resultado limitar o anular los derechos políticos de una mujer; puede cometerla un medio o un particular.
Estereotipo de género
Idea preconcebida sobre lo que una mujer o un hombre son o deben ser.
Violencia simbólica
La que reproduce relaciones de dominación por medio de mensajes, signos o imágenes, sin fuerza física.
Malicia efectiva
Estándar que exige probar que una información falsa se publicó a sabiendas o con total despreocupación por su verdad; se aplica a hechos, no a opiniones.
Expresión absolutamente vejatoria
La que es a la vez ofensiva y ajena a la idea que se quiere expresar; no tiene protección constitucional.
Discurso compelido
Mensaje que el Estado obliga a pronunciar como propio.
Medida cautelar
Decisión provisional, previa a la sentencia, que puede suspender una publicación mientras se resuelve el fondo.
Fuentes51, en el orden en que la lectura las citaVer todas
  1. 1.Documento oficialTribunal Electoral del Estado de Jalisco, PSE-TEJ-002/2026, sentencia de 31 de agosto de 2026 (versión pública).triejal.gob.mx
  2. 2.Documento oficialTEPJF, Sala Regional Guadalajara, SG-JDC-897/2026, sentencia de 23 de septiembre de 2026.te.gob.mx
  3. 3.ConstituciónConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, arts. 1o., 6o. y 7o., última reforma DOF 7 de octubre de 2026.diputados.gob.mx
  4. 4.LeyLey General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, arts. 20 Bis y 20 Ter, última reforma DOF 15 de enero de 2026.diputados.gob.mx
  5. 5.Documento oficialTEPJF, jurisprudencia 21/2018, transcrita en INE-UTCE, Anexo 1 del informe sobre criterios en materia de VPMRG (octubre de 2024), p. 92.te.gob.mx
  6. 6.Documento históricoCharles Philipon, «Croquades faites à l'audience du 14 nov.», 1831 (Maison de Balzac, Paris Musées); Wikipedia en francés, «Charles Philipon» (fuente secundaria).commons.wikimedia.org
  7. 7.Documento históricoHonoré Daumier, Gargantua, 1831; Wikipedia en francés, «Gargantua (Daumier)» (fuente secundaria).commons.wikimedia.org
  8. 8.Documento históricoWikipedia en español, «El Hijo del Ahuizote» (fuente secundaria).es.wikipedia.org
  9. 9.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, «CARICATURAS.», tesis aislada, Quinta Época, S.J.F., t. XXV, p. 1870; reg. 315617.sjf2.scjn.gob.mx
  10. 10.Documento oficialIEPC Jalisco, informe sobre quejas y denuncias en materia de VPG al Consejo General (corte al 12 de junio de 2026), p. 11.iepcjalisco.org.mx
  11. 11.Documento oficialINE, Lineamientos del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPMRG (INE/CG269/2020), art. 11.ine.mx
  12. 12.PrensaNoroeste, 9 de octubre de 2026 (el desechamiento que reporta no está corroborado).noroeste.com.mx
  13. 13.LeyLey de Amparo, art. 61, fr. XV, última reforma DOF 16 de octubre de 2025.diputados.gob.mx
  14. 14.Documento oficialTEPJF, jurisprudencia 22/2024, transcrita en INE-UTCE, Anexo 1 (octubre de 2024), pp. 109-110.te.gob.mx
  15. 15.Documento oficialTEPJF, tesis IV/2022, transcrita en INE-UTCE, Anexo 1 (octubre de 2024), p. 77.te.gob.mx
  16. 16.Documento oficialTEPJF, Sala Regional Guadalajara, versión estenográfica de la sesión pública de 23 de septiembre de 2026.te.gob.mx
  17. 17.PrensaMVS Noticias, entrevista a Paco Navarrete, 9 de octubre de 2026 (dicho no corroborado por las sentencias).mvsnoticias.com
  18. 18.Documento oficialTEPJF, jurisprudencia 15/2018, transcrita en la resolución IETAM-R/CG-10/2025, pp. 27-28.elecciones2021.te.gob.mx
  19. 19.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 38/2013 (10a.), S.J.F. y su Gaceta, libro XIX, t. 1, p. 538; reg. 2003303.sjf2.scjn.gob.mx
  20. 20.Estados UnidosNew York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), pp. 279-280.tile.loc.gov
  21. 21.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 80/2019 (10a.), Gaceta S.J.F., libro 71, t. I, p. 874; reg. 2020798.sjf2.scjn.gob.mx
  22. 22.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 128/2025 (11a.), Gaceta S.J.F., libro 52, t. II, vol. 1, p. 568; reg. 2030841.sjf2.scjn.gob.mx
  23. 23.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a./J. 31/2013 (10a.), S.J.F. y su Gaceta, libro XIX, t. 1, p. 537; reg. 2003302.sjf2.scjn.gob.mx
  24. 24.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, 1a. CXLVII/2013 (10a.), S.J.F. y su Gaceta, libro XX, t. 1, p. 549; reg. 2003629.sjf2.scjn.gob.mx
  25. 25.Tribunal colegiadoCuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, I.4o.C.312 C, S.J.F. y su Gaceta, t. XXXIII, p. 2283; reg. 162893.sjf2.scjn.gob.mx
  26. 26.Tesis del SemanarioSCJN, Pleno, P./J. 21/2014 (10a.), Gaceta S.J.F., libro 5, t. I, p. 204; reg. 2006225.sjf2.scjn.gob.mx
  27. 27.Corte InteramericanaCorte IDH, Kimel vs. Argentina, 2 de mayo de 2008, Serie C No. 177.corteidh.or.cr
  28. 28.Corte InteramericanaCorte IDH, Álvarez Ramos vs. Venezuela, 30 de agosto de 2019, Serie C No. 380.corteidh.or.cr
  29. 29.Corte InteramericanaCorte IDH, Palacio Urrutia y otros vs. Ecuador, 24 de noviembre de 2021, Serie C No. 446, párr. 119.corteidh.or.cr
  30. 30.Corte InteramericanaCorte IDH, Baraona Bray vs. Chile, 24 de noviembre de 2022, Serie C No. 481, párr. 110.corteidh.or.cr
  31. 31.Comisión InteramericanaCIDH, Informe Anual 2000, vol. III, Informe del Relator Especial para la Libertad de Expresión, cap. II.oas.org
  32. 32.Comisión InteramericanaCIDH, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, Informe Anual 2025, OEA/Ser.L/V/II Doc. 375, cap. México.oas.org
  33. 33.Documento oficialTEPJF, jurisprudencia 47/2024, transcrita en INE-UTCE, Anexo 1 (octubre de 2024), p. 118.te.gob.mx
  34. 34.Documento oficialTEPJF, tesis XI/2021, transcrita en INE-UTCE, Anexo 1 (octubre de 2024), p. 74.te.gob.mx
  35. 35.PrensaEl Universal, «"Es una forma de censura para la prensa": monero Paco Navarrete», 9 de octubre de 2026.eluniversal.com.mx
  36. 36.Corte InteramericanaCorte IDH, Tristán Donoso vs. Panamá, 27 de enero de 2009, Serie C No. 193.corteidh.or.cr
  37. 37.LeyLey General de Instituciones y Procedimientos Electorales, art. 463 Ter, última reforma DOF 2 de junio de 2026.diputados.gob.mx
  38. 38.Tribunal colegiadoPrimer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, II.1o.A.39 K (11a.), Gaceta S.J.F., libro 53, t. I, vol. 1, p. 948; reg. 2031169.sjf2.scjn.gob.mx
  39. 39.Documento oficialInstituto Electoral de Tamaulipas, resolución IETAM-R/CG-10/2025, pp. 27-28 y 51-53.ietam.org.mx
  40. 40.Tribunal europeoTEDH, Kazakov c. Rusia, n.º 1758/02, 18 de diciembre de 2008.hudoc.echr.coe.int
  41. 41.Tribunal europeoTEDH, Editorial Board of Pravoye Delo and Shtekel c. Ucrania, n.º 33014/05, 5 de mayo de 2011.hudoc.echr.coe.int
  42. 42.Tribunal europeoTEDH, Staniszewski c. Polonia, n.º 20422/15, 14 de octubre de 2021.hudoc.echr.coe.int
  43. 43.PrensaProceso, «Es un exceso que ciudadana deba pedir disculpas por 30 días: Sheinbaum», 17 de julio de 2025.proceso.com.mx
  44. 44.Proceso legislativoSenado de la República, dictamen de comisiones unidas sobre el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, 23 de septiembre de 2026, p. 95.infosen.senado.gob.mx
  45. 45.Proceso legislativoSenado de la República, comunicado 0173, 30 de septiembre de 2026.comunicacionsocial.senado.gob.mx
  46. 46.Proceso legislativoCámara de Diputados, dictamen sobre los arts. 114 Octies, 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, Gaceta Parlamentaria 7140-IV-2, 6 de octubre de 2026.gaceta.diputados.gob.mx
  47. 47.PrensaExpansión, 8 de octubre de 2026, sobre el trámite de las dos reformas.politica.expansion.mx
  48. 48.Documento oficialArtículo 19, comunicados del 28 y 30 de septiembre de 2026.articulo19.org
  49. 49.Estados UnidosHustler Magazine, Inc. v. Falwell, 485 U.S. 46 (1988).tile.loc.gov
  50. 50.Tribunal europeoTEDH, Patrício Monteiro Telo de Abreu c. Portugal, n.º 42713/15, 7 de junio de 2022.hudoc.echr.coe.int
  51. 51.Tribunal europeoTEDH, Eon c. Francia, n.º 26118/10, 14 de marzo de 2013 (versión inglesa).hudoc.echr.coe.int

Cómo citar esta lección

Iurexia, «¿Un juez puede obligarte a pedir perdón por una caricatura política?. Libertad de expresión, violencia política de género y la disculpa dictada en el caso SG-JDC-897/2026», Estudiar y pensar, lección I.3: video (10:54) y material de lectura, actualizado al 10 de octubre de 2026. https://www.iurexia.com/estudiar/caricatura-politica-y-disculpa

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