Lección V.4

Casi veinte años preso sin sentencia

Israel Vallarta, la prisión preventiva y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable

Video de 9:52 Lectura de 12 páginas · 20 minNivel: licenciaturaActualizada al 29 de octubre de 2026

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Capítulos del video

Resumen

Israel Vallarta pasó diecinueve años y siete meses en prisión preventiva, aunque la Constitución manda juzgar antes de un año. Esta lectura explica ese plazo, el tope de dos años y el estándar del plazo razonable; reconstruye el montaje de 2005 y la absolución de Vallarta; lo compara con otros casos de larga espera y cierra con lo que puede hacer la familia de una persona detenida.

Lo que vas a aprender

  • La Constitución manda juzgar antes de un año y, desde 2008, limita a dos años la prisión preventiva.
  • El proceso de Vallarta siguió las reglas anteriores, cuyo único tope era la pena máxima del delito.
  • Usar los recursos que da la ley no puede contarse contra el procesado al medir el plazo razonable.
  • Absolución, amparo y reconocimiento de inocencia son figuras distintas.

Documentos que se estudian

Un extracto de cada uno. El texto completo de los extractos, con su fuente, está en la lectura.

  1. Constitución

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 20, apartado B, fracciones I y VII

    «I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;»
  2. Constitución

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 20, apartado B, fracción IX, párrafo segundo

    «La prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares.»
  3. Diario Oficial

    Decreto de reforma constitucional en materia penal (DOF, 18 de junio de 2008), artículo cuarto transitorio

    «Los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo sistema procesal penal acusatorio […] serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a dicho acto.»
  4. Corte Interamericana

    Corte IDH, García Rodríguez y otro vs. México, sentencia de 25 de enero de 2023, párrafo 269

    «…la utilización de medios de impugnación reconocidos por la legislación nacional susceptibles de garantizar la tutela de los derechos e intereses procesales no pueden ser valorados en contra del recurrente. En ese sentido, no resulta aceptable el alegato del Estado, que atribuye a la conducta procesal de las presuntas víctimas la prolongación del procedimiento judicial.»
  5. Tesis aislada

    1a. CLXVI/2013 (10a.), registro digital 2003563, «Efecto corruptor del proceso penal. Condiciones para su actualización y alcances»

    «…el efecto corruptor del proceso penal se actualiza cuando, en un caso concreto, concurran las siguientes circunstancias: a) que la autoridad policial o ministerial realice alguna conducta fuera de todo cauce constitucional y legal; b) que la conducta de la autoridad haya provocado condiciones sugestivas en la evidencia incriminatoria que conlleven la falta de fiabilidad de todo el material probatorio; y c) que la conducta de la autoridad impacte en los derechos del acusado, de tal forma que se afecte de forma total el derecho de defensa y lo deje en estado de indefensión.»
  6. Amparo directo en revisión

    ADR 517/2011, Primera Sala, 23 de enero de 2013, p. 157

    «La anterior determinación no soslaya que en la sentencia del Tribunal Colegiado de Circuito existen otras pruebas que fueron valoradas. Sin embargo, éstas se refieren únicamente a cuestiones relacionadas con el otro individuo detenido el nueve de diciembre de dos mil cinco.»

Para pensar

Preguntas para el repaso

Respóndelas por escrito antes de volver a la lectura. Lo que escribas se queda en tu navegador.

  1. ¿Qué plazo fija el artículo 20 constitucional para juzgar a una persona acusada y cuál es su salvedad?

  2. ¿En qué se distinguen la prisión preventiva justificada y la oficiosa? ¿Qué objeta la Corte Interamericana a la segunda?

  3. ¿Por qué el tope de dos años de prisión preventiva no se aplicó al proceso de Israel Vallarta?

  4. ¿Puede atribuirse a la defensa la demora de un proceso porque promovió muchos recursos? Contraste lo resuelto en 2024, según la prensa, con el párrafo 269 de García Rodríguez.

  5. ¿Qué es el efecto corruptor y por qué el amparo de Florence Cassez no benefició a Israel Vallarta?

  6. Explique la diferencia entre absolución, amparo por violaciones al debido proceso y reconocimiento de inocencia con un caso de cada una.

Glosario

Prisión preventiva justificada
La que el fiscal solicita y el juez impone tras valorar que otras medidas cautelares no bastan.
Prisión preventiva oficiosa
La que el juez debe imponer por el solo tipo de delito, sin valorar su necesidad en el caso concreto.
Plazo razonable
Estándar para medir la duración de un proceso o de una prisión preventiva según la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado, la conducta de las autoridades y la afectación a la persona.
Arraigo
Medida que permite privar de la libertad a una persona durante la investigación, antes de ponerla a disposición de un juez.
Efecto corruptor
Invalidez de todo un proceso cuando una conducta ilegal de la autoridad vuelve poco fiable el conjunto de las pruebas y deja al acusado en indefensión.
Fuentes33, en el orden en que la lectura las citaVer todas
  1. 1.Suprema CorteSCJN, Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos, extracto del amparo directo en revisión 517/2011.scjn.gob.mx
  2. 2.PrensaEl Financiero, «Reafirman libertad para Israel Vallarta: tribunal le da segunda sentencia absolutoria», 18 de junio de 2026.elfinanciero.com.mx
  3. 3.PrensaEl Imparcial, «Juez absuelve a Israel Vallarta tras casi 20 años preso: FGR no acreditó secuestro y montaje contaminó el juicio», 2 de agosto de 2025.elimparcial.com
  4. 4.ConstituciónConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, texto vigente (última reforma DOF 7 de octubre de 2026), arts. 16, 19 y 20.diputados.gob.mx
  5. 5.Documento históricoConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, texto original (DOF, 5 de febrero de 1917), art. 20, fracciones VIII y X.diputados.gob.mx
  6. 6.Diario OficialDiario Oficial de la Federación, 3 de septiembre de 1993, reforma de los arts. 16, 19, 20 y 119 constitucionales (art. 20, fracciones I y VIII).diputados.gob.mx
  7. 7.Corte InteramericanaCorte IDH, Caso García Rodríguez y otro vs. México, sentencia de 25 de enero de 2023, Serie C No. 482, párrs. 78-87, 140, 157-170, 265-272 y 283-284, puntos resolutivos 13 y 14.corteidh.or.cr
  8. 8.TratadoConvención Americana sobre Derechos Humanos (1969), art. 7.5.oas.org
  9. 9.Diario OficialDiario Oficial de la Federación, 18 de junio de 2008, decreto de reforma constitucional en materia penal (art. 20, apartado B, fracción IX, y transitorios).diputados.gob.mx
  10. 10.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, jurisprudencia 1a./J. 32/2022 (11a.), «Prisión preventiva oficiosa. Procede revisar su duración en el plazo de dos años…», registro digital 2024608.sjf2.scjn.gob.mx
  11. 11.Suprema CorteSCJN, Primera Sala, amparo directo en revisión 517/2011, sentencia de 23 de enero de 2013, pp. 65, 136 y 157 (copia del PDF oficial en el acervo de Iurexia).storage.googleapis.com
  12. 12.Diario OficialDiario Oficial de la Federación, 21 de septiembre de 2000, reforma del art. 20 constitucional (apartados A y B).diputados.gob.mx
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  14. 14.PrensaRécord, nota sobre la negativa a retirar la prisión preventiva de Israel Vallarta, 24 de mayo de 2024.record.com.mx
  15. 15.Suprema CorteSCJN, Primera Sala, amparo directo 26/2022, 11 de junio de 2025 (párrs. 56, 66, 67, 81 y 113; copia del PDF oficial en el acervo de Iurexia).storage.googleapis.com
  16. 16.Suprema CorteSCJN, Primera Sala, versión taquigráfica de la sesión del 11 de junio de 2025.scjn.gob.mx
  17. 17.Documento oficialComisión Nacional de los Derechos Humanos, Recomendación 47/2009, 17 de julio de 2009.cndh.org.mx
  18. 18.DoctrinaLuis José Béjar Rivera, «Jacinta Francisco Marcial y la reparación del daño por actividad irregular», Praxis de la Justicia Fiscal y Administrativa, núm. 23, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pp. 3-4.transparencia.tfja.gob.mx
  19. 19.PrensaAmnistía Internacional, «Indigenous Mexican women framed over kidnapping are prisoners of conscience», 12 de febrero de 2010.amnesty.org
  20. 20.PrensaAmnistía Internacional (Reino Unido), comunicado sobre la liberación de Jacinta Francisco Marcial, 16 de septiembre de 2009.amnesty.org.uk
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  24. 24.PrensaMilenio, «Ministra Yasmín Esquivel presentará proyecto que definirá el destino legal de Daniel García Rodríguez», 21 de enero de 2026.milenio.com
  25. 25.PrensaExpansión, nota sobre el cambio de medidas cautelares de Brenda Quevedo Cruz, 9 de agosto de 2026.politica.expansion.mx
  26. 26.Suprema CorteSCJN, Primera Sala, acta de la sesión pública del 23 de enero de 2013.scjn.gob.mx
  27. 27.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, tesis 1a. CLXVI/2013 (10a.), registro digital 2003563.sjf2.scjn.gob.mx
  28. 28.Diario OficialDiario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 2024, edición vespertina, reforma del párrafo segundo del art. 19 constitucional.dof.gob.mx
  29. 29.Estadística oficialINEGI, Censos Nacionales de Sistemas Penitenciarios Federal y Estatales (CNSIPEF-E) 2026, reporte de resultados, 16 de julio de 2026, pp. 2 y 21-23.inegi.org.mx
  30. 30.LeyLey Federal de Defensoría Pública (última reforma DOF 1 de abril de 2024), art. 2.diputados.gob.mx
  31. 31.LeyCódigo Nacional de Procedimientos Penales (última reforma DOF 28 de noviembre de 2025), art. 113, fracciones XIV y XV.diputados.gob.mx
  32. 32.Tesis del SemanarioSCJN, Primera Sala, tesis 1a. CLXXVIII/2013 (10a.), registro digital 2003695.sjf2.scjn.gob.mx
  33. 33.LeyLey de Amparo (última reforma DOF 16 de octubre de 2025), arts. 15 y 20.diputados.gob.mx

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